El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, aprobó en el día Martes 22 de Junio una nueva Resolución 185/2021 sobre Obras de Saneamiento y Remediación de Basurales a Cielo Abierto, a regir en todo el territorio nacional.
El objetivo del mismo consiste en establecer los términos y condiciones que se aplicarán en la implementación del programa “Obras de saneamiento y remediación de basurales a cielo abierto”, para aquellos Organismos Beneficiarios que soliciten ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la ejecución de obras para el saneamiento del Basural a Cielo Abierto en desuso que posean y que, actualmente, se encuentren disponiendo los residuos en un sitio de disposición final controlado, con el objetivo de mejorar la gestión de los Residuos Sólidos Urbanos.
El Organismo Beneficiario firmará un “Convenio de Adhesión” con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, una vez cumplimentado la totalidad de los requerimientos establecidos en el Reglamento Operativo Especifico en un plazo no mayor de 45 días corridos contados a partir de la recepción del presente documento.
La/s obra/s a ejecutar a favor del Organismo Beneficiario deberán ser con el fin exclusivo del saneamiento del Basural a Cielo Abierto. En caso de ser factible el proyecto, dichas obras se realizarán mediante el sistema de adjudicación correspondiente a la Licitación Pública, cuya ejecución y procedimiento estará a cargo de la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental del MAyDS.
Será requisito indispensable para la ejecución de la obra, que el Organismo Beneficiario asuma ante la suscripción del Convenio de Adhesión, el compromiso de procurar la rezonificación del sitio que ocupa el actual Basural a Cielo Abierto en desuso, mediante iniciativa e impulso normativo enviando al Honorable Consejo Deliberante como mínimo un Proyecto de Ordenanza en pos de transformarlo en un espacio de uso público, concretando a través del Poder Legislativo local.